Se mantendrá indemne al asegurado hasta el monto de la suma asegurada por cuanto deba a un tercero en razón de daños causados e indemnizables de acuerdo a lo que establece nuestro código civil por hechos acaecidos dentro o fuera de la instalación indicado en la póliza, cubriendo: caída de objetos, daños del personal hacia terceros, daños por deficiencias en las instalaciones, agregando la cobertura de incendio, rayo, explosión, descargas eléctricas y escape de gas.
Ascensores y montacargas
Carteles y letreros
Calderas
Carga y descarga de bienes
Guarda de vehículos a título no oneroso
Pileta
Existe una gran variedad de productos y coberturas para proteger su patrimonio frente a reclamos de terceros que deriven de la realización de actividades profesionales, comerciales, industriales, de servicios y otras específicas.
Responsabilidad civil comprensiva
Cubre la responsabilidad civil emergente de una amplia gama de actividades comerciales (comercios minoristas, mayoristas, supermercados, shopping, galerías comerciales, etc.), industriales, consorcios de propietarios, empresas de servicios, etc.
Coberturas especiales para:
• Empresas de viajes y turismo
• Complejos y centros turísticos
• Establecimientos agrícolas y ganaderos
• Empresas de servicios de mantenimiento general
Cubre la responsabilidad civil derivada de la ejecución de obras de construcción, refacciones, remodelaciones, ampliaciones de obras existentes, demoliciones parciales y totales, coberturas adicionales para cubrir daños a edificaciones linderas, excavaciones, obras viales, coberturas especiales para empresas constructoras.
Cubre la responsabilidad civil del asegurado de acuerdo a lo establecido por la ley 24830, amparando daños que puedan sufrir u ocasionar los alumnos del establecimiento asegurado.
Cubre la responsabilidad civil derivada de la utilización de ascensores en edificios, particulares, oficinas públicas y privadas, comercios, etc.
Cubre la responsabilidad civil emergente de las tareas de mantenimiento de ascensores, escaleras mecánicas e instalaciones afines de acuerdo a la reglamentación vigente en cada jurisdicción.
Cubre la responsabilidad civil emergente de carteles, letreros, marquesinas y otros objetos afines, de acuerdo a la reglamentación vigente en cada jurisdicción.
Cubre la responsabilidad civil derivada de hechos privados del asegurado, su cónyuge o cualquier otra persona por la que sea legalmente responsable, entendiéndose como hechos privados aquellos que no se vinculan con actividad profesional, comercial, industrial o laboral.
Cubre la responsabilidad civil de tintorerías y lavanderías comerciales e industriales por el ejercicio de su actividad.
Cubre la responsabilidad civil derivada de la guarda de vehículos de terceros en garages, playas de estacionamiento, lavaderos de autos, consorcios de propietarios, concesionarias de autos, hoteles, etc.
Cubre la responsabilidad civil derivada del ejercicio de actividades profesionales relacionadas con la salud (médicos en todas las especialidades, odontólogos, psicólogos, kinesiólogos, etc.). Coberturas adicionales de jefe de equipo o director médico. Cobertura base ocurrencia, teniendo en cuenta el plazo de prescripción de la acción establecido en código civil (diez años para la responsabilidad civil contractual, considerando como tal a la relación médico-paciente).
Cubre la responsabilidad civil derivada del ejercicio de la actividad profesional de los encargados de registros de la propiedad automotor. Cobertura base ocurrencia, teniendo en cuenta el plazo de prescripción de la acción establecido en código civil (diez años para la responsabilidad civil contractual).
Cubre la responsabilidad civil emergente de la utilización de maquinaria vial, equipos destinados a la construcción, maquinaria agrícola, etc.